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CONFIRMADO, EL CBD O CANNABIDIOL PROHIBIDO EN EUROPA.

/es/) y por otro lado han prohibido su uso como complemento alimenticio. Pero sólo se ha prohibido como COMPLEMENTO ALIMENTICIO, que es como se compra y consume generalmente, cuando no se dispensa el preparado enuna asociación o lo prepara el usuario para sí mismo.

¿Qué es un complemento alimenticio? Se definen en la Directiva 2002/46/CE del Parlamento Europeo (transpuesta a nuestro ordenamiento jurídico por el Real Decreto 1487/2009 que modifica el Real Decreto 130/2018) como “los  productos alimenticios  cuyo fin sea complementar la dieta normal y consistentes en fuentes concentradas de nutrientes (NUTRIENTE: vitaminas, minerales, aminoácidos, ácidos grasos, etc..) o de otras sustancias que tengan un efecto nutricional o fisiológico, en forma simple o combinada,
cio.htm
). Dicha agencia ha comunicado a las delegaciones territoriales autonómicas la prohibición de distribución de todos los complementos alimenticios que contengan CBD o cannabidiol hasta que la Unión Europea reglamente al respecto siguiendo directrices de EFSA (European Food Safety Authority), agencia encargada a nivel Europeo de reglamentar todo lo que tenga que ver con la alimentación, entre otras cosas los complementos alimenticios. Debemos recordar que el CBD es un producto no fiscalizado, es decir, NO ES ILEGAL.

La EFSA, ha comunicado a todos los países miembros de la Unión Europea a través de su agencia correspondiente, en España AECOSAN, la inmovilización de todos los productos calificados como COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS que contengan CBD. AECOSAN, a través de de las Consejerías de Sanidad de las diferentes Comunidades Autónomas, ha comunicado a las empresas encargadas de su producción o distribución que paralicen éstas hasta que Europa reglamente al respecto. En breve, las empresas afectadas en España deberían comunicar la retirada de estos productos de todos los comercios en los que se ofrezca su venta como complemento alimenticio. En este sentido la EFSA basa su decisión en la calificación del CBD como “alimento nuevo” sin reglamentación alguna.

Tenemos constancia de que en Portugal la Agencia de Salud Estatal encargada de estos menesteres, la DGAV (Dirección General de Alimentación y Veterinaria) esta siguiendo los mismos pasos que España, con los mismos comunicados y haciendo referencia a las directrices europeas de AECOSAN. Aunque se entiende al respecto que los diferentes países de la unión serán soberanos para acatar estas directrices, lo cierto es que aquí y en Portugal se está haciendo.

Esto no quiere decir que esté prohibido definitivamente, únicamente hasta que Europa lo reglamente. No sabemos el tiempo que puede llevar, lo que sí podemos decir es que llevan unos años con problemas con tanto complemento alimenticio que esta apareciendo en el mercado.
Podemos recordar el caso de la planta de ESTEVIA, esta planta estuvo prohibida para uso alimentario humano pero no para el animal hasta que fue aprobado.

¿Quiere decir esto que desaparecerán todos los productos que contengan CBD? NO. Pero debemos andar con mucha precaución ya que aquí es donde radica el problema y donde nadie explica correctamente los pormenores.
Últimamente se han visto publicadas en las redes algunos artículos verdaderamente preocupantes sobre el CBD como la presencia de metales pesadosen los extractos y el engaño o estafa que puede haber en estos productos, sobre esto nos atrevemos a decir, que en algunos casos no se trata de un fraude, se trata básicamente de falta de información del consumidor y leyes ambiguas.

Por ejemplo, el Observatorio Españoldel Cannabis Medicinal está realizando la segunda fase de un estudio donde se analizan muestras de CBD, extractos o compuestos de distintas marcas comerciales., Los resultados que obtuvieron de la primera parte fueron escandalosos, según explicaron, por el alto contenido de algunos de estos productos en metales pesados y otros que no se correspondían con el etiquetado o directamente no contenían CBD. Sin embargo los resultados de dicho estudio no han sido publicados ni pueden leerse en ningún lugar para entender los resultados obtenidos, se desconoce qué productos y marcas han sido analizados con lo que se desconoce si dichos productos se venden con la denominación de complemento alimenticio, ya que sólo éstos y los fármacos están sujetos por ley a cumplir con lo que describe su “etiqueta”. En España
substances/5.2_CBD.pdf
), de dicha revisión es de donde la organización concluye sobre la eficacia y seguridad del extracto. Entonces ¿Porqué tanta precaución? ¿Habrá algún interés comercial en este movimiento?

Cuando algo se prohibe se genera a su alrededor una burbuja mayor que las grandes empresas y el mercado negro aprovechan para aumentar sus cifras de ganancias importándole bien poco el uso que nosotros, los usuarios, le queramos dar. El influyente poder de los lobbys presiona para que las cuentas les salgan. La retirada del CBD como complemento alimentario ahora que está probada su seguridad y su eficacia como medicamento es cuanto menos sospechosa, ya que el “nuevo” fármaco no va a tener el mismo precio para los bolsillos de los contribuyentes ya que pese a ser un tratamiento mucho más barato “[…]se estima que el coste de un tratamiento mensual con Epidiolex® oscilará entre 2.500 y 5.000 dólares; sustancialmente más elevado que las terapias con derivados de la marihuana (entre 100 y 1.000 dólares mensuales)” (ver info-farmacia: López Tricas, 2016). Las farmacéuticas se posicionan con fuerza, GW Pharmaceuticals ha registrado y obtenido autorización para comercializar medicamentos cannábicos (como el citado Epidiolex® y Sativex®) con toda la seguridad correspondiente y de grado farmacéutico, no alimenticio. Se entiende que se reglamente, pero la prohibición parece intencionada.

Como ejemplo reciente, en Reino Unido ha sido regulado y reglamentado de carácter
53.html). Esto
quiere decir, que se acotan otras vías de distribución, evidenciando un control del mercado (y de nuestras vidas) por parte de las empresas farmacéuticas.

EEUU autoriza estos medicamentos y automáticamente al cumplir con las leyes establecidas al respecto internacionalmente se aceptan en nuestro país, pero ¿Porqué no ocurre lo mismo con el CBD como producto alimenticio?

Debemos estar unidos y hacer un clamor de esta noticia. No podemos dejarlo pasar desapercibido pues es algo de suma importancia. Si estas grandes empresas consiguen hacer la suficiente presión para que Europa decida que no es un ALIMENTO y si un MEDICAMENTO, se acabó el autocultivo y se acotaronlas libertades una vez más.

Es evidente y desde este escrito no se niega que una persona con un patología grave necesita de un producto con calidad farmacéutica y así creemos que debe de ser. Pero una persona que decida tomar CBD para reducir el estrés oxidativo o simplemente por aliviar una jornada de estrés, como quien toma una tila, debería tener libertad de acudir a un herbolario a comprar sus flores o sus complementos de CBD donde le informará un personal cualificado. Esto debería ser más que suficiente para un usuario no medicinal y no debería tener que pagar los elevados precios de los productos farmacéuticos, los cuales además estarán sujetos a prescripción médica para ciertas patologías. Y porqué no un uso recreativo con locales especializados, como pueden ser los conocidos como coffe-shop, holandeses, o asociaciones cannábicas españolas, para las personas más sibaritas que no pudieran cultivar su propio consumo. Como se puede ver, la jugada tiene un fuerte componente económico contra el que hay que luchar para repartir el pastel que parece ser se quieren quedar unos pocos.

Javier Miravete Gual* y Noemí Sánchez Nàcher MSc**
EDUCANNEM - ConCiénciaCANNABICA
*Presidente
Terapéuticas Hierbas Castelló T.H.Cs.
**Presidenta Fòrum Cannàbic Valencià