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Nuevas normativas para los clubes en Girona

Normativas para los clubes cannabicos en Girona

Una nueva actualización se ha producido en la normativa para los clubes cannabicos en la ciudad de Girona debido al aumento de solicitudes de permisos para este tipo de establecimientos.

Esta normativa técnica detalla aspectos relativos a la organización y estructura de los clubes:

La cantidad máxima de consumo por socio que debe ser de 3 gramos, 25 semanales o un total máximo de 90 gramos mensuales. Se hace hincapié en que sólo los socios pueden retirar y consumir en el club.

La nueva normativa prohíbe expresamente el consumo en el local de bebidas alcohólicas que tengan una graduación superior a 6 grados. Así mismo prohíbe que el cultivo que suministra al club se encuentre en el mismo local. El ayuntamiento debe estar informado de las cantidades suministradas a los socios a través de registros presentados periódicamente.

El aforo nunca podrá superar un máximo de 150 personas y los menores continúan teniendo prohibida la entrada. Los locales no podrán estar completamente cerrados con un sistema de ventilación artificial, deberán disponer de las suficientes aperturas para la ventilación natural.

Siguen sin poder abrirse clubes en las cercanías de colegios, parques y hospitales siendo la distancia mínima 200 metros.

El registro como asociación es obligatorio, no podrán publicitarse o fomentar el consumo y ni la junta directiva, empleados ni socios podrán vender o traficar con la hierba dispensada.

Esta actualización de la normativa realizada por el ayuntamiento de la ciudad catalana intenta "establecer un vínculo de colaboración con los clubes en materia de prevención, información y formación asociados a las pautas de consumo prolongado".